• martes, 16 de junio de 2026
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TRIBUNALES

Confirman la condena al hombre que violó a una amiga de su pareja: la declaración de la víctima ha sido clave

La Sala ha rechazado el recurso de la defensa y ha considerado acreditada la versión de la víctima, respaldada por otros datos del caso.

Imagen generada con IA del interior de un coche en el que viajan personas que vuelven de fiesta. CHAT GPT
Imagen generada con IA del interior de un coche en el que viajan personas que vuelven de fiesta. CHAT GPT

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado una condena de 6 años y 6 meses de prisión a un hombre que ha sido condenado por violar a una amiga de su pareja en una localidad de la merindad de Sangüesa. La víctima se encontraba en estado de embriaguez cuando se produjeron los hechos.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN ha ratificado la sentencia dictada el pasado mes de febrero por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra. El tribunal ha destacado la persistencia de la denunciante en su declaración y la existencia de datos periféricos que han corroborado su versión.

El condenado, natural de Ecuador y de nacionalidad española, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 12 años. Además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante 5 años, que se ejecutará una vez cumplida la pena de prisión.

El hombre también deberá indemnizar a la víctima con 20.000 euros por el daño moral causado. Los hechos han sido considerados constitutivos de dos delitos de agresión sexual: el primero por tocamientos y el segundo por violación.

Según recoge la resolución judicial, el procesado acudió la madrugada del 27 de agosto de 2023 a la plaza del Castillo de Pamplona para recoger a su pareja. La mujer se encontraba afectada por la ingesta de alcohol y había sido una amiga de ella quien le había pedido que fuera a buscarla.

El condenado introdujo a su pareja en la parte trasera del vehículo y después se dirigieron a una discoteca de Pamplona. Allí, el procesado y la amiga de su pareja permanecieron un rato y tomaron alguna consumición.

Después, ya de vuelta al coche, el encausado condujo hasta su domicilio, situado en una localidad de la merindad de Sangüesa. Durante el trayecto, besó y realizó tocamientos sin consentimiento a la amiga, que viajaba en el asiento del copiloto.

Mientras tanto, su pareja continuaba tumbada e inconsciente en los asientos traseros del vehículo. La resolución judicial ha considerado probado que estos primeros hechos constituyeron un delito de agresión sexual por tocamientos.

Una vez llegaron a la vivienda del procesado, el hombre violó a la amiga de su compañera sentimental en el portal. La víctima, según consta en la sentencia, se encontraba “notoriamente influenciada por el alcohol que había consumido con anterioridad”, después de haber tomado 5 cubatas y 5 chupitos.

La defensa del condenado había recurrido la sentencia y había vuelto a reclamar la absolución. Sin embargo, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha desestimado íntegramente el recurso presentado.

El TSJN ha subrayado que la denunciante mantuvo una declaración persistente y que no varió su versión en ningún momento. También ha destacado la ausencia de motivo espurio en la acusación contra el condenado.

La credibilidad de la víctima, ha añadido la Sala, se ha visto reforzada por distintos datos periféricos. Por ello, el tribunal ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Navarra.

En su resolución, el TSJN ha señalado que la sentencia recurrida realizó “un análisis completo y racional de todos los datos que integran el cuadro de prueba”. También ha indicado que ese análisis incluyó tanto los elementos de cargo como los llamados de descargo.

La Sala ha remarcado que la resolución de la Audiencia Provincial precisó con detalle las razones por las que atribuía valor reconstructivo a unos datos y descartaba otros. La sentencia puede ser recurrida ahora ante el Tribunal Supremo.

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