TRIBUNALES
La encerró en su casa tras violarla: casi siete años de cárcel por agredir en Valencia a una mujer de Pamplona
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirma la condena de seis años y diez meses de prisión para el acusado
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 6 años y 10 meses de prisión impuesta a un hombre que en julio de 2021 violó y amenazó a su pareja, una mujer vecina de una localidad de la comarca de Pamplona, durante una estancia en Valencia.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado así la sentencia dictada el pasado marzo por la Audiencia Provincial, al considerar que existen datos esenciales que corroboran el testimonio de la denunciante frente a la versión ofrecida por el acusado.
El tribunal ha considerado “evidente” la concurrencia de elementos que refuerzan la declaración de la víctima. La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, confirma tanto la pena de cárcel como las medidas de protección acordadas en favor de la mujer.
El condenado, actualmente de 50 años y natural de Valencia, se encuentra en prisión desde el 12 de diciembre de 2025. Además, no podrá comunicarse ni acercarse a la denunciante a menos de 300 metros durante 11 años.
El TSJN también ha confirmado que el procesado deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante 5 años, una vez ejecutada la pena privativa de libertad. En concepto de responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a la mujer con 225 euros por las lesiones y con 10.000 euros por el daño moral.
El acusado y la denunciante habían mantenido una relación sentimental de carácter intermitente que comenzó el 2 de febrero de 2021 a través de Facebook. Doce días después, el hombre se presentó en el domicilio de ella, aunque la mujer terminó echándole.
Más adelante, el 11 de junio de ese mismo año, la denunciante se desplazó a una localidad de la provincia de Valencia, donde residió en la vivienda del acusado hasta el 4 de julio. Durante esa convivencia, según recoge la resolución judicial, la relación fue correcta en algunos momentos, pero ella percibió determinadas actuaciones inadecuadas.
Por ese motivo, la mujer rompió la relación y regresó a Pamplona. Después recibió varias comunicaciones del procesado en las que le pedía que volviera, hasta que finalmente el 28 de julio regresó a Valencia.
Los hechos por los que ha sido condenado ocurrieron sobre las 3 horas del 30 de julio de 2021. Según consta en la sentencia, el acusado se encontraba influenciado por el consumo de sustancias estupefacientes, psicotrópicos y alcohol cuando pidió a la mujer que le hiciera una felación, a lo que ella se negó.
Acto seguido, el hombre la llevó “de modo violento” a su habitación, donde la violó. Después, la víctima trató de refugiarse en el baño, que era la única estancia de la vivienda con pestillo.
La mujer se vistió e intentó marcharse, pero no pudo hacerlo porque la puerta de la vivienda estaba cerrada con llave. En ese momento llamó al 112 para solicitar ayuda.
Tras un forcejeo con el acusado, la denunciante consiguió coger la llave del domicilio. Cuando bajaba por las escaleras perseguida por él, llegaron los policías locales.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial consideró probados los delitos de agresión sexual y amenazas. El primero fue castigado con 6 años de prisión y el segundo con 10 meses, aunque el tribunal no apreció la existencia de un delito de coacciones.
La defensa recurrió la condena, pero el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha rechazado sus argumentos y ha mantenido íntegramente la resolución. Para la Sala, la valoración realizada por la Audiencia ha sido “coherente y razonable”.
Los magistrados han subrayado que no se aprecia en la denunciante un móvil de resentimiento, enfrentamiento o venganza. También han señalado que existen corroboraciones periféricas suficientes y relevantes que apoyan la realidad de los hechos.
La sentencia del TSJN destaca además la persistencia y firmeza del testimonio de la mujer. La Sala ha indicado que la denunciante ofreció en el juicio una explicación clara de los hechos y de la asistencia médica recibida, sin que esos extremos generaran dudas relevantes.