• viernes, 19 de abril de 2024
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SOCIEDAD

Estos serán los impuestos que funcionarán en Navarra con la aprobación de la nueva ley foral para 2019

La ley ha salido adelante con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Orain Bai e I-E, la abstención del PSN y los votos en contra de UPN y PPN.

Una madre jugando con su hijo ARCHIVO
Una madre jugando con su hijo. ARCHIVO

El pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado, con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Orain Bai e I-E, la abstención del PSN y los votos en contra de UPN y PPN, la ley foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias para el año 2019, un texto de carácter transversal que introduce cambios en once leyes.

Entre las novedades recogidas en la ley se encuentran el incremento de las deducciones y exenciones para las rentas más bajas, de modo que también se puedan beneficiar las rentas comprendidas entre los 9.100 y los 10.500 euros. En concreto, se proyecta una minoración de 1.400 euros en rendimientos de trabajo de hasta 10.500 euros.

En ese terreno y con efectos desde el 1 de enero de 2019, se eleva de 11.250 a 12.600 euros la cantidad de los rendimientos del trabajo íntegros anuales que originan la obligación de declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En esa línea, se incorpora el principio de progresividad fiscal en las deducciones a practicar en función del número de hijos, si bien ceñido a rentas de menos de 30.000 euros (excluidas las rentas exentas). En ese marco, se proyecta un aumento del 40% de la deducción para rentas por debajo de los 20.000 euros, de manera que la del primer hijo pasará de los 433 euros actuales a los 606,2 y la del segundo de los 460 a los 644.

Conforme suba el nivel de renta (hasta 30.000 euros), la deducción irá disminuyendo. La regla de cálculo, según se precisa en la norma, será del "40% menos el resultado de multiplicar por 50 la proporción que represente el exceso de rentas del sujeto pasivo sobre 20.000 euros, respecto de esta última cantidad".

Continuando con las modificaciones consignadas en el IRPF, se adiciona una disposición adicional que alude "genéricamente" a los abonos anticipados de las deducciones en la cuota diferencial, con el fin de que dichos reintegros tengan la consideración de devoluciones de impuestos "con independencia de que correspondan a la deducción por pensiones de viudedad o por pensiones no contributivas de jubilación" (como hasta ahora), pudiendo también alcanzar a "otras posibles deducciones que, con derecho a pago anticipado, se puedan establecer en el futuro".

Otro cambio normativo que atañe al IRPF es el que, con el fin de evitar la doble imposición (sobre todo en personas trabajadoras de más de 50 años), establece un nuevo límite independiente de 3.500 euros anuales para las reducciones a aplicar en la base imponible por las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social que hayan sido imputadas a los partícipes.

Por tanto, si las contribuciones empresariales imputadas superan la cifra de 3.500 euros, se tendrán en cuenta a efectos de aplicar el límite máximo conjunto previsto, esto es, 3.500 o 6.000 euros, según los casos.

También en relación con el IRPF, se incluyen cuatro nuevos beneficios fiscales dirigidos a mejorar la consolidación de las empresas en Navarra, la continuidad empresarial y promover la implicación de los trabajadores en la empresa, incluida la participación en su accionariado.

En concreto, estará exento el incremento patrimonial del empresariado que transmita la empresa a su personal; el importe pagado por estas personas empleadas en la adquisición de la empresa tendrá una deducción en la cuota del 15%; y, bajo ciertas condiciones, la transmisión de acciones no se considerará retribución en especie.

Por otra parte, estarán exentos los premios obtenidos por los trabajadoras que hayan colaborado en la obtención de nuevas patentes en sus empresas.

Además, se crea una nueva exención por reinversión que excluye del gravamen los incrementos patrimoniales de las personas mayores de 65 años, siempre que el importe obtenido se destina a la constitución de una renta vitalicia.

IMPUESTO DE SOCIEDADES

En el Impuesto de Sociedades, las novedades afectan fundamentalmente al beneficio fiscal por inversiones y por I+D+i, que se simplifica y flexibiliza y, especialmente, al de inversiones en producciones cinematográficas, que modifica sus condiciones. Así, se eleva del 25% al 40% el porcentaje de inversión total que será necesario realizar en Navarra y se establece un techo preventivo de 3 millones de euros como tope para la deducción.

Igualmente, se incentiva la figura de la persona que financia estos proyectos, de manera similar a como existe para los de I+D+i, y se veta la utilización en ambos casos de la forma jurídica de AIE (Agrupación de Interés Económico), por no adecuarse al fin que se persigue con estos incentivos.

Por otra parte, se elimina, por "inadecuado", el requisito de tener firmado antes del inicio de la producción el contrato de financiación de largometrajes cinematográficos y series audiovisuales de ficción, animación o documental. No obstante, se mantiene la "obligación de presentar dicho contrato antes de que finalice el período impositivo" en que se haya iniciado la producción, para así poder tener derecho a la deducción correspondiente.

El nivel de exigencia para obtener el incentivo fiscal sube en lo referido a los créditos del producto, donde, "buscando una mayor promoción de Navarra", deberán incluirse los logotipos del Gobierno de Navarra y de la Film Commission. Además, deberá hacerse constar que la producción "se ha acogido al esquema de incentivos fiscales previsto en la Ley Foral del Impuesto de Sociedades de la Comunidad Foral".

También se hace alusión a los incentivos fiscales aplicables al mecenazgo cultural, en este caso tratando de que, "cumpliendo los mismos requisitos, las personas o entidades artísticas susceptibles de beneficiarse puedan hacerlo con independencia de su forma jurídica".

IMPUESTO DE SUCESIONES

Otra de las principales novedades de la ley afecta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, para el que se plantea la obligatoriedad de la autoliquidación. En el caso de las herencias, no será necesaria la aceptación expresa para que surja el hecho imponible.

Por último, el proyecto recoge una serie de modificaciones en la Ley Foral General Tributaria, entre las que destacan las relacionadas con la lucha contra el fraude fiscal. En esa línea, se modifican las sanciones para incentivar las presentaciones de impuestos fuera de plazo, sin el requerimiento previo de Hacienda.

Además, se recupera el impuesto sobre las grandes superficies comerciales a partir del 1 de enero de 2019. Esta tasa tiene por objeto gravar la capacidad económica de las grandes superficies y establecimientos comerciales que "producen externalidades negativas al no asumir los costos económicos y sociales que afectan a la vida colectiva, particularmente en el tejido y actividades de los núcleos urbanos, en la ordenación del territorio, en el medio ambiente y en las infraestructuras".

En el transcurso del debate efectuado en pleno se han debatido y aprobado dos enmiendas in voce, una de carácter técnico y otra dirigida al preámbulo de la ley, ambas por unanimidad y suscritas por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Orain Bai e I-E.

La Mesa ha declarado la inadmisión de una tercera, presentada también por el cuatripartito, alusiva a la recaudación procedente de los tributos sobre el juego regulados en la Ley Foral 27/2016. En concreto, sugería "destinar el 1% de la recaudación a programas específicos para la prevención, tratamiento y rehabilitación de adicciones, especialmente la del juego". A tal fin, proyectaba incorporar "dicho importe a las partidas de Salud Pública y Salud Mental".

LOS SOCIALISTAS CRITICAN QUE BARKOS PIDA ESFUERZO FISCAL

La portavoz parlamentaria socialista de Hacienda, Ainhoa Unzu, critica que la Presidenta Barkos y el cuatripartito se ratifiquen en su reforma fiscal de 2015, aun habiéndose demostrado que está afectando a rentas bajas y medias y a familias con hijos en el IRPF, y lamenta que no hayan querido rectificarla, y se limiten a hacer un gesto porque llegan las elecciones.

Un gesto que no corrige el grueso del impacto de la reforma. Los socialistas apoyan las dos medidas relacionadas con el impuesto a las grandes superficies y la participación de los trabajadores en la empresa pero en materia de IRPF siguen proponiendo otro modelo más justo.

Unzu recuerda que los socialistas han propuesto en el trámite parlamentario medidas tan justas como la deflactación de la tarifa, es decir, que la tarifa del IRPF se ajuste al IPC para evitar que un trabajador cuya nómina suba conforme a ese indicador no vea acompasada esa subida en el tratamiento de su renta en el IRPF.

Eso dice, Unzu, puede generar situaciones como que alguien pueda pasarse de tramo por una subida en la nómina, al no adecuarse la subida del salario a una corrección en la tarifa del IRPF.

También los socialistas han hecho propuestas para favorecer el alquiler de vivienda, y, por supuesto, como ha sido un compromiso del partido, para que a las madres se les devuelva lo retenido en la prestación por maternidad. Un trámite, por cierto, más que cuestionable, porque se ha intentado torpedear por parte del cuatripartito desde el principio para evitar el debate y la votación de esa devolución. Eso, a pesar de tener informes jurídicos del Parlamento favorables a que esas enmiendas se tramitaran.


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