Una administrativa del Centro de Salud de Alsasua ha sido condenada por la Audiencia de Navarra a iranzu por acceder sin autorización en 171 ocasiones al historial médico de su yerno. La sentencia se ha dictado de conformidad tras el acuerdo alcanzado entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa.
La condenada, trabajadora del Servicio Navarro de Salud destinada en Atención Primaria de Alsasua, tampoco podrá comunicarse ni aproximarse a menos de 200 metros de su yerno durante 5 años. Además, deberá indemnizarle con 15.000 euros por el daño moral causado.
La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha considerado probado que la encausada accedió al historial sanitario de su yerno entre el 23 de junio de 2021 y el 15 de abril de 2024. Para ello utilizó el programa informático Atenea, empleado en el ámbito sanitario.
Los hechos han sido calificados como un delito continuado de revelación de secretos cometido por funcionario público. En la sentencia se ha aplicado la agravante de parentesco por afinidad y las atenuantes de anomalía o alteración psíquica y reparación del daño.
La resolución judicial recoge que la acusada imprimió en 15 ocasiones la historia médica de su yerno. De esta forma, según la sentencia, tuvo “conocimiento de todos los datos sanitarios”.
En el momento de los hechos, la administrativa estaba diagnosticada de trastorno adaptativo y trastorno de control de impulsos. La sentencia señala que esta situación afectaba de manera leve a sus facultades intelectivas.
Antes de la celebración del juicio, que tuvo lugar el pasado 2 de junio, la procesada había consignado 10.000 euros para reparar el daño causado. Esta cantidad ha sido tenida en cuenta dentro del acuerdo alcanzado por las partes.
La condena se suma a otro procedimiento anterior contra la misma funcionaria. El pasado mayo, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirmó una pena de 8 años de prisión por haber accedido en 1.329 ocasiones a los informes médicos de su hija y de tres nietos.
La Audiencia Provincial ha indicado que, cuando se acredite la firmeza de esa sentencia del TSJN, se aplicará el pacto alcanzado entre las partes. En virtud de ese acuerdo, se otorgará a la condenada la suspensión de la pena de prisión.
Esa suspensión quedará condicionada a que la administrativa no delinca durante 4 años, abone el resto de la indemnización y continúe en tratamiento psiquiátrico durante ese mismo periodo, salvo alta terapéutica anterior.
La condenada también deberá respetar las prohibiciones de comunicación y acercamiento impuestas respecto a su yerno. La sentencia se ha dictado después de que las acusaciones y la defensa cerraran un acuerdo el día del juicio en la Audiencia de Navarra.