CRIMEN MILAGROSA
El juez condena a 14 años de prisión por homicidio al autor del crimen de la Milagrosa
El magistrado resalta que el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado fue claro, expreso y contundente.
El magistrado resalta que el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado fue claro, expreso y contundente.
El magistrado presidente del tribunal del jurado encargado de enjuiciar un crimen perpetrado en el barrio pamplonés de la Milagrosa en abril de 2014 ha condenado a 14 años de prisión al acusado, Diego Fernando Bonilla Lozano, como autor de un delito de homicidio. La sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
El pasado 30 de octubre, el jurado popular declaró al procesado, de 27 años, culpable de un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad. Tras el veredicto, la fiscal solicitó una pena de 15 años de prisión, mientras que la defensa pidió 12 años y 6 meses.
Los nueve miembros del jurado consideraron probado que el encausado propinó de forma continuada varias cuchilladas a su compañero de piso, Alejandro Sarriá Carlos, de 33 años, quien falleció a consecuencia de las 13 heridas de arma blanca que sufrió. La víctima, natural de Pamplona, tenía una hija de 10 años en el momento del crimen.
El procesado y la víctima compartían piso en la calle Travesía Juan María Guelbenzu número 10. La mañana del 18 de abril de 2014, sobre las 11 horas, cuando el acusado se despertó acudió a la habitación de Alejandro Sarria. Ambos entablaron una discusión en la que Diego Fernando Bonilla se mostró violento. Tras ser llamado "payaso", el acusado desenfundó un cuchillo de unos 10 centímetros de hoja con el que le asestó varias cuchilladas “de forma continuada”.
Tras el acometimiento, el encausado se lavó las manos ensangrentadas, se cambió la camiseta que tenía manchada de sangre y escondió el cuchillo en el váter del baño pequeño.
En la sentencia, el magistrado resalta que el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular fue “claro, expreso y contundente”, tanto en lo relativo a los hechos probados como en cuanto a la motivación expresada por los nueve ciudadanos.
Así, el jurado se basó en las declaraciones del acusado y de los numerosos testigos, en los diferentes informes de los médicos forenses y en los dictámenes de naturaleza psicológica y psiquiátrica.
Para determinar el alcance de la pena, al haberse estimado la concurrencia de la agravante de abuso de superioridad, el juez explica que es imponible una pena de entre 12 años y 6 meses y 15 años de prisión. En este caso, debido a las 13 heridas originadas, lo que revela “una especial violencia y reiteración en la agresión”, el magistrado estima “procedente” una condena de 14 años.
En cuanto a la responsabilidad civil, el magistrado fija unas indemnizaciones de 300.000 euros para la hija de la víctima, 105.000 para el padre y 8.000 para cada uno de sus dos hermanos.