Una mujer ha sido condenada a 21 meses de prisión por atracar con un cúter una sucursal bancaria del Banco Santander ubicada en la avenida Marcelo Celayeta de Pamplona. La procesada, que sustrajo 2.356,78 euros, tendrá que devolver íntegramente esta cantidad en concepto de responsabilidad civil.
La sentencia, dictada por la titular del Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona, se ha emitido tras alcanzar un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía, la acusación particular (ejercida por la entidad bancaria) y la defensa de la acusada. El delito ha sido tipificado como robo con intimidación en establecimiento abierto al público, con la concurrencia de una circunstancia atenuante cualificada por toxicomanía.
Los hechos ocurrieron el 7 de junio de 2024 sobre las 9:15 horas. Según recoge textualmente la resolución judicial, la condenada accedió al banco "con la intención de obtener un enriquecimiento ilícito". Al entrar, saltó el mostrador de caja y comenzó a apropiarse directamente de billetes y monedas que se encontraban a la vista, introduciéndolos rápidamente en una bolsa de deporte que portaba.
Instantes después, según señala la sentencia, la procesada adoptó una actitud calificada como "muy nerviosa", sacó un cúter y exigió al empleado más dinero. Ante la intimidación generada por la presencia del arma blanca, el trabajador no se resistió, facilitando que la acusada continuase apropiándose del efectivo disponible en un dispensador cercano.
Tras cometer el robo, la mujer abandonó la sucursal bancaria, pero fue identificada y detenida poco después, ingresando en prisión provisional al día siguiente. La investigación reveló que la acusada actuó bajo los efectos del consumo combinado de alcohol y anfetaminas, circunstancia que influyó en la reducción final de la pena. Según recoge el informe forense presentado en el juicio, la mujer sufre un trastorno por consumo múltiple de drogas y sustancias psicotrópicas.
Antes de alcanzar el acuerdo que permitió reducir la condena, el Ministerio Fiscal había solicitado inicialmente una pena de 4 años de cárcel, mientras que la entidad bancaria afectada elevaba esa petición hasta los 5 años de prisión. Finalmente, el consenso entre las partes ha reducido la condena a 21 meses.
La sentencia, que es ya firme y no admite recurso, establece además que la condenada sea examinada próximamente por un médico forense. El objetivo es valorar su estado actual y determinar cuál sería el tratamiento más adecuado para su rehabilitación, un requisito que podría imponérsele para evitar el ingreso efectivo en prisión si se concede la suspensión condicional de la pena.
Por otra parte, el fallo judicial establece también una prohibición expresa de acceso a la sucursal bancaria afectada durante un período de 3 años, con el fin de proteger a los empleados y prevenir futuras situaciones similares.
Este caso se une a otros sucesos similares ocurridos en los últimos años en Navarra, en los que la combinación del consumo de sustancias tóxicas y la comisión de delitos ha generado una creciente preocupación judicial y social.