• viernes, 19 de abril de 2024
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TRIBUNALES

Los jueces dan la razón a los padres de Pamplona expulsados por Bildu de las escuelas infantiles para imponer el euskera

El juzgado condena además al consistorio a pagar las costas tras expulsar a un centenar de padres de las escuelas infantiles que eran de castellano. 

Joseba Asirón y las concejalas Patricia Perales y Maider Beloki presentan la conmemoración del Privilegio de la Unión. IÑIGO ALZUGARAY (18)
Joseba Asirón y Maider Beloki en una comparecencia anterior. IÑIGO ALZUGARAY

El juzgado contencioso administrativo nº 2 de Pamplona ha dado la razón a los padres de las escuelas infantiles de castellano de Pamplona que fueron expulsados por Bildu con el objetivo de imponer el euskera en las escuelas de San Juan y Milagrosa. El juez declara nulo el acuerdo de la Junta de de Escuelas Infantiles del 22 de febrero de 2016, así como el acuerdo tomado posteriormente en la junta de Gobierno municipal por el cuatripartito.

La sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala, condena además al Ayuntamiento liderado por Joseba Asirón a pagar las costas a los padres de las escuelas infantiles de Donibane y Fuerte del Príncipe que Maider Beloki echó de sus escuelas por querer que sus hijos estudiaran en castellano. 

Se trata ahora de una medida de difícil cumplimiento, ya que Bildu ha ejecutado su plan sin esperar a las resoluciones judiciales, si bien los padres podrían solicitar una indemnización al consistorio por lo ocurrido.

La sentencia señala que la propia normativa foral reconoce el derecho de los alumnos a continuar en la enseñanza elegida hasta el final de la escolarización, precisamente lo que Bildu ha impedido con la salida precipitada de las familias que estudiaban en castellano. 

"Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza", dice la sentencia, "porque la consecuencia inmediata de las resoluciones es que los padres que no estuvieron de acuerdo con los cambios recogidos se han visto obligados a permanecer en el mismo centro, pero con un modelo distinto (euskera) al que eligieron o bien tener que salir a una escuela distinta, lo que limita la elección de centro docente", asegura el juez. 

Hace sólo unos días, Cerca de un centenar de familias de los centros de Donibane y Fuerte Príncipe firmaron un comunicado en el que pedían a Asirón y a su gobierno municipal que oferten plazas en castellano en estas escuelas infantiles. 

LOS DETALLES DE LA SENTENCIA

Según recoge el juez, "nos encontramos con algo que va más allá de la simple reestructuración". "Se produce un cambio de modelo lingüístico, de manera que no nos encontramos ante una competencia municipal, sino una competencia autonómica, como resulta de la Ley de Amejoramiento del Fuero", ha añadido.

A su juicio, "las resoluciones recurridas incurren en nulidad de pleno derecho por falta de competencia por razón de la materia, sin que en ningún caso se pueda oponer el carácter de la educación infantil de 0 a 3 años por cuanto ninguna de las normas distingue a ese efecto".

Ha expuesto así que la Lorafna recoge que "es de la competencia plena de Navarra la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades". Y añade la sentencia que, según normativa, Navarra ejercerá funciones como "la elaboración, aprobación y ejecución de los planes, programas de estudio, normas y orientaciones pedagógicas y metodológicas para la enseñanza del vascuence en todos los niveles de enseñanza".

Recuerda normas sectoriales que indican que "corresponde al departamento de Educación ejercer las competencias atribuidas a la Administración foral en las materias relativas a la enseñanza, universitaria y no universitaria, y a la política lingüística, así como el resto de atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes".

Y hace referencia a la ley del Vascuence que recoge que "el Gobierno de Navarra regulará la incorporación del vascuence a los planes de enseñanza y determinará los modos de aplicación a cada centro, en el marco de lo dispuesto por esta ley foral para las distintas zonas".

Añade la sentencia que las leyes y decretos hablan, en todo caso, de incorporación del vascuence a la enseñanza "de forma gradual, progresiva y suficiente" y que habrá de tener carácter voluntario con "creación, en los centros, de líneas donde se imparta enseñanza en vascuence para los que lo soliciten".

Hace referencia a la ordenanza reguladora de la utilización y del fomento del vascuence en el ámbito del Ayuntamiento de Pamplona, que dice que "dentro del plan general de ampliación de las escuelas infantiles, se atenderán las peticiones de enseñanza infantil en vascuence garantizándose de la mejor manera posible los derechos de los progenitores a la libre elección de modelo lingüístico para sus hijos".

Dice así el juez que "nuevamente se hace mención a la libre elección de los progenitores, por una parte y, por otra, se exige que se realice dentro del plan general de ampliación que, por exigencias del principio de jerarquía normativa, deberá realizarse con respeto a las normas superiores en rango, entre otras, la transcrita ley del Vascuence". "En este caso no consta ninguna petición previa de los progenitores y tampoco que se haya seguido el procedimiento administrativo", ha expuesto.

Indica la sentencia que los padres no estuvieron de acuerdo con los cambios recogido y por eso recurrieron las resoluciones. "Ya habían elegido centro docente para sus hijos en el momento inicial de la matriculación, y se han visto en la obligación de permanecer en el mismo centro pero con un modelo distinto al que eligieron, o bien adscribirse a otra escuela distinta, lo que limita la elecciónde centro docente, que es contrario al artículo 108 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación".


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