SOCIEDAD
Las personas con autismo podrán salir de su casa para evitar crisis a pesar del confinamiento general
Podrán circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.

El Real Decreto del Gobierno que ha declarado el estado de alarma y el confinamiento general de la población en sus casas no recogía el permiso para poder salir de casa que precisan las personas con Trastorno del Espectro del Autismo (TEA), que debido a su trastorno requieren mantener rutinas de manera estricta o andar o correr como medida terapéutica para rebajar la ansiedad y regularse sensorialmente.
Ante la complicada situación generada por el COVID-19 todas las rutinas de cualquier persona residente en España se han visto mermadas, pero dichos cambios afectan a las personas con TEA de manera exponencial, de ahí la necesidad, que no el capricho, de poder salir a tomar el aire a la calle.
Si las familias salían a dar un paseo y la autoridad les daba el alto, éstas debían presentar el certificado de discapacidad y acogerse artículo 7 del RD, letras ‘g’ y ‘h’, que avalaban “la circulación por vía pública por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o causa justificada”. Este apartado dejaba en el aire y a merced de la buena voluntad de las autoridades el permiso para poder transitar por la vía pública de manera “segura” a este colectivo y a sus familias.
Por ello y desde hace varios días se ha venido negociando con el Ministerio del Interior que la excepción de autorización de salida para las personas con Autismo se recogiera de forma expresa en el Real Decreto, como así ha sido en el del viernes 20 de marzo, gracias al trabajo de difusión mediático de las Asociación y familias, así como las reuniones mantenidas por ANA a través de Autismo España y Cermi estatal.
En el Boletín Oficial del Estado se modifican los criterios interpretativos del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y se ratifica la realización de las actividades por causa de fuerza mayor o situación de necesidad previstas en el artículo 7.1.g) del citado real decreto, habilitan a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.
Las entidades que trabajamos con este colectivo luchamos a diario por la defensa de los derechos de las personas con autismo a lo largo del ciclo vital, por lo que ésta ha sido una de tantas batallas luchadas, gracias a la cordura ésta la hemos ganado.