• jueves, 02 de mayo de 2024
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SOCIEDAD

Fraude al cambiar de operadora: obligan a pagar a un consumidor navarro 300 euros por una permanencia mal ejecutada

Al menos uno de cada cinco navarros ha tenido problemas al cambiar de compañía telefónica, según la Asociación de Consumidores Irache.

Imagen de archivo de una teleoperadora y una persona cabreada tras hablar por teléfono NAVARRACOM
Imagen de archivo de una teleoperadora y una persona cabreada tras hablar por teléfono. NAVARRA.COM

El 22% de los navarros que han cambiado de compañía telefónica ha tenido problemas al hacerlo, según una encuesta encargada por la Asociación de Consumidores de Navarra Irache, que aconseja revisar las permanencias y el contrato antes de realizar la portabilidad o cambio de compañía conservando el número.

En una nota, Irache explica que solo el pasado enero 553.008 números de teléfono móvil cambiaron de un operador a otro, indica para aclarar que cualquier consumidor tiene derecho a cambiar de compañía telefónica, sin perder el número que tenía hasta entonces y que tienen en su agenda sus familiares, amigos o contactos de trabajo, por ejemplo.

La Carta de Derechos del Usuario de los Servicios de Comunicaciones Electrónicas dice que el consumidor tiene derecho a "cambiar de operador de forma segura y rápida, con conservación del número telefónico".

LOS PROBLEMAS CON LAS CLÁUSULAS DE PERMANENCIA

La Ley General de Telecomunicaciones ya indica la obligación de los operadores de garantizar que los abonados puedan conservar su número con independencia de la compañía que preste el servicio. Asimismo, establece que los costes derivados de la portabilidad deben ser sufragados por cada operador sin poder recibir indemnización alguna por ello.

Aunque la portabilidad debería realizarse de una forma ágil y sencilla, lo cierto es que continuamente llegan a Irache personas que han tenido problemas al cambiar de compañía de teléfono.

Una de las cuestiones que genera más problemas es la aplicación irregular de las cláusulas de permanencia, como le sucedió a un consumidor navarro a quien su compañía le aplicó los 300 euros de penalización cuando sólo le quedaban tres semanas para cumplir el plazo del año y medio de cumplimiento.

Irache explica que el importe de permanencia debe ser proporcional al tiempo que quede por cumplir y debe haber sido aceptado por el consumidor al suscribir el contrato.

Otras veces la operadora utiliza el plazo de permanencia como excusa para impedir que el cliente se vaya a otra compañía. La legislación ya dice que "las condiciones y procedimientos para la resolución de los contratos no deberán constituir un factor disuasorio para cambiar de operador".

COBROS DESPUÉS DE ABANDONAR LA COMPAÑÍA

Otro de los conflictos más habituales es que la compañía que ha abandonado el consumidor le sigue facturando el servicio. También numerosos asociados se quejan de que, tras recibir una contraoferta de su primera compañía y anular la portabilidad antes de que ésta se haya efectuado, la operadora le cobra cargos de hasta 180 euros, y para ello se escuda en la permanencia -ya que dicen que el contrato ya había comenzado- o en gastos de gestión.

Todo ello ocurre pese a que una resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones indica que las leyes "impiden expresamente cobrar al usuario algún tipo de gasto incurrido por el operador como consecuencia del desistimiento del contrato, como es la cancelación de la solicitud de la portabilidad necesaria para la prestación de sus servicios".

Otro de los problemas que sufren algunos consumidores es la apropiación del número por parte de la compañía que supuestamente ha abandonado. Al solicitar la portabilidad, la "nueva" operadora dice que la anterior no ha liberado el número y, por ello, le asigna un número nuevo de forma "provisional".

Cuando el consumidor llama a la compañía que había dejado, ésta dice que ya ha transcurrido el plazo legal y que si quiere tener su número de siempre tendrá que volver con ella. Irache señala que, en cualquier caso, la normativa ampara el derecho del consumidor a portar su número, un proceso que es "dirigido por el operador receptor". Por tanto, será éste quien deba solucionar los problemas que le ponga la compañía saliente y no puede trasladar esta responsabilidad al consumidor.

CUIDADO AL CAMBIAR DE COMPAÑÍA A TRAVÉS DE UN TELEOPERADOR

Muchas de las portabilidades se realizan por teléfono, tras contestar la llamada de un agente comercial de una operadora. Si el consumidor quiere cambiar de compañía, deberán pasarle con una tercera empresa que debe realizar la llamada verificadora y que es la que certifica, mediante un cuestionario, que el consumidor quiere portar su número.

Sin embargo, las promesas del agente comercial no se reflejan siempre en la llamada verificadora y posteriormente las condiciones del nuevo servicio telefónico no son tan favorables como las que había garantizado el agente comercial, con tarifas más caras o sin los servicios o promociones prometidas.

Por todo ello, Irache aconseja se quiere cambiar de compañía revisar el contrato y especialmente, comprobar si se tiene algún compromiso de permanencia, por qué importe y cuánto tiempo queda por cumplir. Si se puede, hay que hacer constar la solicitud de portabilidad y las condiciones pactadas con el nuevo operador por escrito.

Si se porta un paquete combinado y se debe devolver a la compañía anterior un router o cualquier otro aparato, se aconseja hacerlo cuanto antes y pedir un documento que lo certifique. En los meses siguientes habrá que comprobar que su compañía anterior no le pasa cargos bancarios y que los de la nueva operadora responden a las condiciones acordadas.


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