• martes, 23 de abril de 2024
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SOCIEDAD

Un juez obliga a la sanidad navarra a readmitir a un despedido tras 15 años de contratos "en fraude de ley"

En diciembre del año pasado "se le comunicó el cese pero no la causa" ni se le reconoció ninguna indemnización por los años trabajados.

Urgencias de Pamplona. PABLO LASAOSA 13
Urgencias del Complejo Hospitalario de Navarra. PABLO LASAOSA

CCOO ha informado este miércoles de que el Servicio Navarro de Salud (SNS) ha readmitido a un trabajador cuyo despido el Juzgado de lo Social 1 de Pamplona ha declarado improcedente por considerar que llevaba 15 años con contratos "en fraude de ley".

Según ha comentado en conferencia de prensa la secretaria general de la federación de Sanidad, Carmen Pueyo, la otra opción que tenía el SNS-O era indemnizar al trabajador con casi 34.000 euros y quizá ha sido esta cuantía la que le ha llevado a optar por la readmisión como "indefinido no fijo".

El trabajador, ha dicho el abogado de CCOO Daniel Colio, estuvo 5 años con contratos administrativos por "necesidades de personal" y otros 10 por "vacante", ya que su plaza no salió a convocatoria pública a pesar de reconocerse la necesidad del puesto.

En diciembre del año pasado "se le comunicó el cese pero no la causa" ni se le reconoció ninguna indemnización por los años trabajados, por lo que decidió acudir a los tribunales que en julio han dictado una sentencia favorable para él y que Salud "no ha recurrido".

Y esto, ha dicho Colio, es "importante" ya que "abre una vía frente a la precarización, a una eventualidad que no puede mantenerse cuando ya no hay excusa presupuestaria por circunstancias extraordinarias".

Como importante es también la sentencia no solo para este trabajador sino para otros empleados públicos que puedan estar en parecidas circunstancias, puesto que los contratos administrativos "deben responder a situaciones coyunturales de necesidades de servicio, no se pueden volver permanentes para evitar crear las plazas".

En este sentido tanto Colio como Pueyo han animado incluso a recurrir si uno sabe que va a perder el empleo aunque todavía no se haya hecho efectivo el despido, que en este caso al ser improcedente ha dado derecho al afectado a cobrar además los "salarios de tramitación".

Pueyo ha apelado por último a la "responsabilidad" de la Administración Foral y a la "negociación" para evitar el coste que tienen para las arcas públicas estos conflictos, también si se decide pagar la indemnización, y para ello ha abogado por cumplir el compromiso de reducir la temporalidad al 8%.

Una situación que según los datos de CCOO queda muy lejana ya que en la actualidad en el SNS los trabajadores temporales son el 51%, el 65% de ellos con contratos de menos de una semana, y con las plazas por la tasa de reposición de 2017 y la OPE extraordinaria de 2018 bajará solo al 38%, muy distante de lo que quiere Europa. 

LA RESPUESTA DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD

El Departamento de Salud ha remarcado que el contrato declarado nulo se firmó en el año 2003 y ha destacado que las plazas ofertadas desde 2016 hasta la fecha han sido las "máximas permitidas" por la Administración central.

Después de que CCOO haya dado a conocer este miércoles que Salud ha sido obligado a readmitir a un trabajador por un despido improcedente y haya exigido "medidas para terminar con la tasa de temporalidad", el Departamento ha explicado que fue en el año 2003 cuando "se firmó el contrato administrativo temporal a un empleado de servicios múltiples (nivel E)".

"Este contrato se rescindió en 2017, ya que una funcionaria se incorporó a esta plaza tras obtenerla en propiedad mediante concurso de traslado", han explicado fuentes del Departamento de Salud.

Según han indicado, "el trabajador temporal recurrió el despido alegando que el contrato de 2003 se hizo en fraude de ley de conformidad con lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores".

"El 4 de julio de 2018 un juzgado de lo social estimó la demanda y sentenció que el contrato inicial, firmado en 2003, se hizo en fraude de ley ya que en el expediente no se justificaron ni acreditaron las circunstancias exigidas por la normativa para acudir al contrato temporal administrativo", han afirmado desde el departamento dirigido por Fernando Domínguez.

En consecuencia, han agregado, "en la sentencia se concede la doble opción de indemnizar por despido improcedente o bien readmitir al trabajador como personal indefinido no fijo (continuará en la plaza hasta que se cubra por oposición)" y el SNS ha optado por "no recurrir la sentencia sobre este contrato de 2003 y por readmitir al trabajador".


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