El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha dado la razón a CCOO y ha reconocido el derecho de un policía foral que trabaja a turnos a cobrar la compensación por festivo y nocturnidad incluso cuando esas fechas coinciden con un permiso retribuido.
Hasta ahora, los funcionarios navarros que trabajan a turnos solo percibían el salario de un día laboral normal cuando disfrutaban de un permiso, sin incluir los complementos variables correspondientes a trabajo festivo o nocturno.
El TSJN se ha apoyado en una sentencia previa del Tribunal Supremo (1192/2024), que estableció que el trabajo en festivos y noches forma parte de la jornada ordinaria de quienes trabajan a turnos y conlleva una “penosidad” que debe reflejarse en la nómina, también durante vacaciones o permisos.
A pesar de esa doctrina, el Gobierno de Navarra no había incluido hasta ahora esa compensación en los casos de permisos retribuidos. CCOO ya había logrado una primera sentencia favorable en el Juzgado Contencioso, que fue recurrida por la Administración foral y ahora ha sido ratificada por el TSJN.
Con esta resolución, el tribunal considera que se debe retribuir no solo el día normal, sino también las variables festivas y nocturnas que correspondan. Esto beneficiará a buena parte del personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, bomberos y policías forales, entre otros colectivos que trabajan en régimen de turnos.
El sindicato ha pedido a la nueva directora general de Función Pública, Gloria Arancón, que el reconocimiento de este derecho se aplique de oficio y con carácter retroactivo a todos los empleados públicos. CCOO advierte de que hacerlo así evitaría una nueva oleada de reclamaciones individuales que podrían sobrecargar la Administración.