• martes, 18 de noviembre de 2025
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PAMPLONA

La derrota de Asirón en los tribunales: desestiman por segunda vez su demanda contra Vox por llamarle "etarra"

La Audiencia de Navarra respalda la sentencia que rechazó la demanda de Asirón y considera que las expresiones de Vox se encuadran en la crítica política protegida.

Joseba Asirón en el Pleno ordinario del Ayuntamiento de Pamplona correspondiente al mes de junio de 2025. IÑIGO ALZUGARAY
Imagen de archivo de Joseba Asirón en el Pleno ordinario del Ayuntamiento de Pamplona. NAVARRA.COM / ARCHIVO

La Audiencia de Navarra ha ratificado este martes la decisión que rechazó la demanda que Asirón presentó contra Vox por llamarle “etarra” en un mensaje publicado en X en septiembre de 2024. El tribunal ha considerado estas expresiones “desafortunadas”, pero amparadas por la libertad de expresión en un escenario de confrontación política.

Según ha informado el TSJN, la Sección Tercera ha mantenido intacto el criterio de la juez que en mayo había desestimado la demanda del alcalde de Pamplona. Los magistrados han valorado que las afirmaciones de Vox fueron ofensivas, pero propias de un contexto de crítica política con relevancia pública.

El origen del conflicto se remonta al 17 de septiembre de 2024, cuando Vox Navarra publicó un mensaje en X al difundirse el cartel de las fiestas de San Fermín Txikito 2024. En ese texto se referían a Asirón como “alcalde etarra” y aseguraban que “seguía patrocinando el terrorismo”.

El 21 de enero de 2025, el alcalde interpuso una demanda por intromisión ilegítima en el honor y reclamó una indemnización de 30.000 euros. La juez de Primera Instancia nº 2 de Pamplona consideró que el cartel tenía un interés público evidente y que el mensaje de Vox formaba parte del debate político. Además, señaló que los símbolos nacionalistas y los anagramas alusivos a presos de ETA presentes en el cartel abrían la puerta a la crítica política sobre el uso de fondos municipales.

La resolución ahora confirmada sostiene que la libertad de expresión debe prevalecer en escenarios de contienda política, incluso aunque se utilicen expresiones que puedan resultar “aisladamente ofensivas”. La juez recordó que, en estos contextos, la jurisprudencia del Tribunal Supremo exige un mayor grado de tolerancia.

El alcalde recurrió ese fallo, pero la Audiencia ha avalado la valoración de la magistrada. El tribunal ha subrayado que las expresiones de Vox fueron insultantes si se leen de manera aislada, aunque deben interpretarse dentro del debate público generado por el cartel de las fiestas.

Los magistrados han remarcado que el cartel anunciador de San Fermín Txikito es uno de los eventos festivos más seguidos en Pamplona y que su contenido generó un debate político de amplio alcance. Añaden que los símbolos nacionalistas y los anagramas de apoyo a los presos de ETA fueron precisamente el elemento central de la crítica formulada por Vox Navarra.

A juicio de la Audiencia, el partido criticó el uso de dinero público para subvencionar el cartel, vinculando su contenido con la ideología de Asirón, dirigente de EH Bildu. Esa crítica, según la Sala, encaja en los límites permitidos de la libertad de expresión en un sistema democrático.

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