• lunes, 31 de marzo de 2025
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SOCIEDAD

La multa que puedes recibir si pones gallinas en casa para tener huevos y no las registras

El decreto sobre granjas avícolas exige registrar hasta las gallinas de autoconsumo y contar con un veterinario de referencia para evitar sanciones.

Huevos y gallinas en la casa de un particular. ARCHIVO
Huevos y gallinas en la casa de un particular. ARCHIVO

En los últimos años, muchas familias que viven en zonas rurales de España han optado por criar gallinas y otras aves de corral en sus propias casas. Esta práctica no solo les permite disponer de huevos frescos para el consumo diario, sino que también les brinda cierta autonomía alimentaria.

Además de los pequeños corrales domésticos, existen granjas rurales que concentran un mayor número de aves y cuyos huevos pueden destinarse tanto a la venta como al consumo propio. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que el marco legal que regula esta actividad ha cambiado recientemente y puede implicar sanciones económicas significativas.

La sorpresa ha sido generalizada desde la entrada en vigor del Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, que establece las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas. La nueva normativa exige el registro obligatorio de las aves, incluso en aquellos casos en los que el objetivo sea únicamente el autoconsumo.

Esto ha generado cierta confusión, ya que muchas personas pensaban que tener unas pocas gallinas en el patio no requería ningún trámite legal. Sin embargo, el decreto es claro: todas las explotaciones, incluidas las pequeñas granjas y los corrales domésticos, deben inscribirse en el Registro general de explotaciones ganaderas.

Aunque la normativa se aprobó en 2021, algunos artículos, como el 5 y el 6, no entraron en vigor hasta el 1 de enero de 2024. Esto ha hecho que tanto las explotaciones ya existentes como las nuevas deban adecuarse a las pautas establecidas para evitar sanciones. Las multas pueden ascender hasta 3.000 euros, incluso si los huevos no se comercializan y son únicamente para consumo familiar.

Otro aspecto relevante de la normativa es la obligatoriedad de contar con un veterinario de referencia en todas las explotaciones, incluidas las de autoconsumo y las granjas reducidas. Esto garantiza la presencia de un profesional capacitado en caso de problemas sanitarios o sospechas de enfermedad.

Además, el decreto prohíbe tajantemente cualquier tipo de intervención quirúrgica a las aves que no tenga un fin terapéutico o de diagnóstico. Aunque algunas prácticas, como el recorte de pico o la castración de pollos, están permitidas, estas deben contar con autorización previa de la autoridad competente y ser debidamente registradas.

El bienestar animal también ha cobrado protagonismo en la normativa, que exige que las aves criadas en el suelo tengan acceso permanente a una cama limpia y sin apelmazamiento para evitar lesiones. Asimismo, se debe garantizar el suministro constante de agua de calidad y condiciones higiénicas adecuadas para preservar la salud de los animales.

El régimen sancionador establecido en el artículo 21 prevé multas de hasta 3.000 euros por infracciones leves, como no registrar las gallinas destinadas al autoconsumo. Además, se contemplan otras normativas complementarias, como la Ley 8/2003, de sanidad animal, la Ley 32/2007, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte y sacrificio, y el Real Decreto 1945/1983, que regula infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y producción agroalimentaria.

El nuevo marco legal ha generado inquietud entre muchos pequeños productores y familias que simplemente buscan una forma sencilla de obtener huevos frescos en su hogar. Por eso, es fundamental estar bien informado y cumplir con los requisitos establecidos para evitar problemas legales y sanciones económicas.

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