La Policía Foral ha imputado un delito de maltrato animal a un vecino de un pueblo de la Barranca que fue identificado en Urbasa apaleando un perro. Los restos del animal fueron finalmente descubiertos tras una investigación policial.
Los hechos iniciales se conocieron tras una llamada al Centro de Mando y Coordinación (CMC) de la Policía Foral, en la que se alertaba de que había un hombre pegando a un perro. Hasta el lugar se movilizó una patrulla de la comisaría de Alsasua, que identificó al hombre y trasladó el asunto a agentes del Grupo Investigación de la Brigada de Protección Medioambiental por si pudiera ser constitutivo de delito.
La investigación finalizó con una IOTP (Inspección Ocular Técnico Policial) de la parcela propiedad del identificado, donde los agentes hallaron escondido el cadáver de un perro de raza Border Collie, que fue recogido como evidencia para la realización de la necropsia.
Mientras se realizaba otra inspección ocular, en busca de algún instrumento que pudiera estar relacionado, se observó la presencia de otro perro de raza mestizo de pastor, que carecía de microchip y vacuna antirrábica, infracciones que fueron denunciadas en base al DF 94/22 (Reglamento que desarrolla la LF 19/19 de Protección de los Animales de Compañía).
El informe de la necropsia concluyó que las lesiones descritas en el animal eran consecuencia de haber sufrido múltiples traumatismos producidos por un objeto romo no punzante. Por ello, y por el conjunto de evidencias recogidas, se citó al propietario del animal en comisaría como investigado como presunto autor de un delito de maltrato de animales domésticos.
El art 340 bis del Código Penal castiga con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses y con la pena de inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales el que fuera de las actividades legalmente reguladas y por cualquier medio o procedimiento, incluyendo los actos de carácter sexual, cause a un animal doméstico, amansado, domesticado o que viva temporal o permanentemente bajo el control humano lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud.
Cuando se cause la muerte se impondrá la pena de prisión de doce a veinticuatro meses, además de la pena de inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
Las diligencias propias del atestado fueron remitidas a un juzgado de guardia de Estella-Lizarra y a la Fiscalía de Medio Ambiente de Navarra.
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