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TRIBUNALES

Condena en Navarra para el padre que se negó a que trataran a su hijo enfermo de cáncer: acabó muriendo

Un juzgado de Pamplona ha dictado sentencia contra un padre por no cumplir con sus responsabilidades legales.

Un joven con una muleta. UNSPLASH
Un joven con una muleta. UNSPLASH

Un juzgado de Pamplona ha condenado a un hombre por impedir y obstaculizar el tratamiento médico de su hijo menor, diagnosticado con un cáncer óseo en 2019 y fallecido tres años después. La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona ha impuesto al progenitor una pena de 2 meses y 28 días de prisión, sustituida por una multa de 1.056 euros, por un delito de incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad.

Según recoge la sentencia, el padre, entonces vecino de una localidad de Tierra Estella, se opuso desde el primer momento a que su hijo recibiera el tratamiento contra el osteosarcoma, un tumor maligno en la rodilla izquierda diagnosticado en el Complejo Hospitalario de Navarra. Los médicos le propusieron un tratamiento urgente basado en quimioterapia, cirugía y un segundo ciclo de quimioterapia, que fue rechazado de forma reiterada por el acusado.

Ante la negativa, el hospital puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Menores, que solicitó autorización judicial para que el tratamiento pudiera llevarse a cabo. El juzgado de Estella accedió a la petición el 20 de agosto de 2019, pero el padre siguió interponiendo obstáculos. Según la juez, el acusado usó su influencia sobre el menor para condicionar su decisión e impidió que se aplicaran las medidas pautadas con urgencia.

Durante el proceso, el padre defendió que el joven estaba siguiendo un tratamiento alternativo, del que no se ofreció ningún detalle ni respaldo médico. Las trabas continuaron hasta que, en marzo de 2020, la evolución del tumor obligó a practicarle una amputación por encima de la rodilla. El menor falleció en enero de 2022.

La magistrada concluye que la obstrucción continuada del acusado retrasó el inicio del tratamiento y redujo gravemente las posibilidades de supervivencia. Según los informes presentados en el juicio, el 74 % de los pacientes con ese tipo de cáncer sobreviven si comienzan el tratamiento a tiempo. En cambio, cuando el inicio se retrasa, como ocurrió en este caso, el índice de supervivencia cae al 27 %.

Durante la vista, celebrada el pasado 2 de abril, la Fiscalía solicitó 4 meses de prisión por un delito de abandono de familia, mientras que la defensa pidió la absolución. La juez, aunque reconoce que el padre nunca abandonó al menor ni dejó de acompañarlo, considera probado que incumplió sus deberes legales al rechazar un tratamiento vital sin ofrecer alternativas acreditadas.

La sentencia subraya que todos los profesionales sanitarios coincidieron en la necesidad urgente del tratamiento y que, pese a ello, el acusado se mantuvo en una actitud obstinada que no protegía el interés superior del menor. Tampoco presentó expertos ni informes que avalaran su postura frente al tratamiento convencional pautado.

La juez ha tenido en cuenta como atenuante cualificada la dilación extraordinaria del procedimiento, ya que la acusación se presentó en febrero de 2022 y el juicio no se celebró hasta abril de 2025.

La resolución no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra.

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