TRIBUNALES
Dictan sentencia contra el hombre que daba patadas y tortazos a su pareja embarazada en Pamplona
El pasado 29 de octubre, la juez denegó la suspensión de la pena, apesar del acuerdo alcanzado por la fiscalía y la defensa.
La titular del Juzgado de lo Penal nº 5 de Pamplona ha condenado a 21 meses de prisión a un vecino de Pamplona por maltratar de forma habitual a su pareja. A raíz de un acuerdo entre la fiscalía y la defensa, la sentencia se dictó en junio.
El procesado, de 48 años, también tendrá prohibido acercarse a menos de 300 metros ni comunicarse con la denunciante durante 8 años y medio. El pasado 29 de octubre, la juez denegó la suspensión de la pena, de modo que el condenado —actualmente en prisión— permanecerá en la cárcel hasta finales de mayo de 2028, uniéndose a otras condenas previas.
La pareja había iniciado su relación sentimental en 2019 y tuvo un hijo en 2021, quien fue declarado en desamparo y se encuentra bajo tutela del gobierno foral. Desde el inicio, el condenado ejerció un control férreo sobre su pareja, supervisando su forma de vestir y el teléfono móvil para ver con quién se relacionaba. Al ver que la mujer había conversado con otro hombre, la insultaba y vejaba. Con el paso del tiempo, las agresiones verbales se convirtieron en físicas, aunque la víctima no presentó denuncia por estas últimas.
Las agresiones físicas se acompañaron de lo que la resolución judicial califica como “violencia ambiental”. El maltrato incluyó agarrones del cuello, tortazos en la cara, estirones del pelo o empujones que llegaron a tirar a la mujer al suelo. Además, durante el quinto mes de embarazo de la víctima, el procesado le propinó una patada en el vientre, sin consecuencias para el hijo.
La víctima tenía un diagnóstico previo de trastorno del vínculo y un trastorno grave por consumo de cannabis y anfetaminas. Según la sentencia, había sufrido un cuadro psicótico reactivo sobre un trastorno de la personalidad. La relación entre ambos era disfuncional, con consumo compartido de tóxicos, control del agresor, celos constantes, violencia ambiental, física —en ocasiones bilateral—, psicológica y económica.
Por su parte, el condenado presentaba un trastorno por consumo de alcohol y anfetaminas de intensidad moderada, lo que, junto a la relación disfuncional, redujo sus facultades intelectivas y volitivas en grado leve–moderado. Fue condenado a 21 meses de prisión por un delito de maltrato habitual y a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad por cada uno de tres delitos de lesiones en el ámbito familiar, todos con la atenuante de adicción a alcohol y sustancias estupefacientes. La víctima renunció a las acciones que le pudieran corresponder y perdonó al acusado.