• viernes, 21 de noviembre de 2025
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TRIBUNALES

Un juez perdona 45 millones de deuda a un empresario jubilado en Navarra

Este caso se ha convertido en la mayor exoneración de deuda concedida en España. 

Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA
Imagen de archivo del Palacio de Justicia. PABLO LASAOSA / ARCHIVO

El Ley de la Segunda Oportunidad ha sido protagonista este viernes en Navarra con una resolución muy relevante, dictada por el Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Pamplona el 17 de noviembre de 2025, que arroja datos hasta ahora inusitados en España.

La sentencia ha dictaminado la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) por un importe de 44.724.551,39 euros a favor de un empresario jubilado, que actuó como avalista personal y solidario de tres sociedades del sector metalúrgico en Navarra.

Dicha cifra se convierte en la mayor exoneración concedida en España a una persona física desde la entrada en vigor de la Ley.

El beneficiario había acumulado esa deuda al avalar operaciones financieras para sus empresas: aunque las sociedades fueron dadas de baja tras concursar, el aval personal quedó vivo.

Según el Auto, el deudor acreditó su buena fe: no actuó con negligencia o temeridad, no estaba afectado por antecedentes penales y colaboró con el juzgado. Este aspecto —la demostración de buena fe— fue clave para que se aceptase la exoneración.

Por su parte, el despacho Martínez Recalde Abogados, que representó al ex-avalista navarro, ha señalado que esta resolución prueba que la Ley de la Segunda Oportunidad “es una herramienta real y efectiva… sin importar la cuantía de la deuda, siempre que el deudor sea honesto”.

La exoneración ha sido concedida con carácter definitivo, lo que implica el cierre del concurso y la liberación total de las deudas existentes. Con ello, el beneficiario podrá afrontar su jubilación sin quedar atado por ese pasivo.

Este fallo abre un precedente muy importante. Muestra que el mecanismo de exoneración puede aplicarse incluso con importes muy elevados, siempre y cuando concurran los requisitos —entre ellos, la buena fe, la insolvencia no dolosa y la cooperación procesal.

Este caso en Pamplona puede tener repercusiones para otros empresarios y avalistas que se encuentren en situaciones similares de insolvencia debido al respaldo personal de operaciones societarias, ya que refuerza la opción de liberación de deudas de forma definitiva cuando se cumplen los requisitos.

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