SOCIEDAD
Los cuatro escenarios en los que las empresas atienden mal a los navarros por teléfono
Irache considera que las empresas deben mejorar la atención telefónica a los consumidores.
Irache considera que las empresas deben mejorar la atención telefónica a los consumidores.
La Asociación de Consumidores de Navarra Irache considera necesario que las empresas mejoren notablemente su atención posventa y den un trato adecuado al consumidor cuando éste quiere comunicar alguna queja o resolver alguna duda sobre el producto o servicio adquirido. Sobre todo, cuando el cliente trata de comunicarse por teléfono.
Una encuesta muestra que el 52% de las personas no están satisfechas con este servicio. También es necesario que haya un mayor control administrativo sobre la calidad de estas atenciones.
Un gran número de las personas que acuden a la Asociación ya muestra malestar, más allá del problema que hayan podido tener, por el trato inadecuado que han recibido por parte de la empresa al intentar comunicarlo o resolverlo por teléfono.
Este déficit se da, en una u otra medida, en buena parte de los campos de consumo, si bien es especialmente habitual en algunos sectores, como la telefonía, la luz y el gas o el transporte aéreo, por ejemplo.
Es muy habitual recibir a personas que se han cambiado de compañía telefónica y han descubierto que la anterior les ha cobrado permanencias de 200 euros; al llamar, le ponen continuas dificultades porque ya no es cliente de la operadora.
Los clientes de empresas telefónicas también encuentran muchos obstáculos para darse de baja vía telefónica. En muchos casos, lo intentan, no una, sino a veces en más de diez ocasiones y no consiguen tramitar su baja. Finalmente, en muchos casos acuden a Irache para que se la tramitemos desde la Asociación.
Muchos consumidores llaman a sus suministradoras de luz o gas para entender sus contratos, por qué la factura cambia de mes a mes o la razón para que tras el primer año los recibos han subido de forma general. En muy rara ocasión el consumidor consigue entender mejor a través de estas llamadas por qué paga lo que paga en su recibo de luz o gas.
Otro caso de una atención insuficiente se da con las compañías aéreas. Ante posibles cancelaciones de vuelos, algunos clientes tratan de resolver el problema llamando directamente a la compañía.
Además de que en ocasiones la espera es muy larga, si es que se consigue ser atendido, no es fácil que den una solución definitiva al problema o sustentada en una respuesta por escrito.
En el campo de los seguros se suele repetir el siguiente caso: un cliente quiere cambiar de compañía y llama por teléfono para comunicar a su actual aseguradora que se quiere dar de baja. Al otro lado del teléfono no le ponen ningún problema.
Sin embargo, cuando ya ha cambiado de compañía ve que también le está cobrando prima la anterior. Cuando llama, le comentan que no consta ninguna solicitud de baja y que, por tanto, el año que queda la póliza sigue vigente y se la van a cobrar.
La normativa sobre consumo obliga a las empresas prestadoras de servicios de carácter básico de interés general a disponer de teléfonos gratuitos de atención al consumidor. Así tendrán que hacerlo las suministradoras de luz, gas o agua, servicios financieros, seguros, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, servicios postales, de protección de la salud y de saneamiento y residuos.
El resto de empresas -que no den un servicio básico de interés general-, deberán ofrecer un servicio de atención al cliente a través de un número cuyo coste no podrá superar “al coste de una llamada a una línea telefónica fija o móvil estándar”.
Además, si la empresa usa otra línea telefónica de tarificación especial para atender al cliente, deberá facilitar junto a este número información “en igualdad de condiciones” sobre un número geográfico o móvil alternativo sin coste añadido. Así se pretende evitar la práctica de muchas empresas que tenían un teléfono de tarifa normal pero que quedaba muy oculto, casi escondido, mientras que el de tarificación especial era el que quedaba más a la vista para el consumidor.
Además, cuando el cliente llama a un servicio de atención telefónica, la empresa debe entregar una clave identificativa y un justificante por escrito, en papel o en cualquier otro soporte duradero.