El titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a uno y dos años de prisión a dos acusados que poseían diversas armas detonadoras, que posteriormente uno de ellos las transformaba y convertía en armas con capacidad de fuego real, para finalmente comercializarlas.
La sentencia fue dictada el pasado 2 de octubre tras un acuerdo entre el fiscal y la defensa. Según consta en la resolución, se ha decretado la suspensión de las penas de prisión con la condición de que los condenados no delincan en dos y tres años, respectivamente.
Los inculpados, un hombre de 42 años y una mujer de 21, que son pareja, residían en la vivienda del primero, situada en una localidad de la comarca de Tafalla.
Allí, poseían y manipulaban diferentes armas y municiones. La mayor parte de las cuales eran armas detonadoras que posteriormente el encausado las transformaba y convertía en armas con capacidad de fuego real.
Así, en el último trimestre de 2021 y principios de 2022, los inculpados adquirieron 4 pistolas y munición detonadora que no registraron, una mira láser para pistola y un soldador de hilo sin bombona de gas.
De igual forma, el día 15 de septiembre de 2021, a través de un portal de internet, compraron 1 kg de Nitrato de Potasio puro y de 500 gr. de azufre en polvo. La finalidad de esta adquisición era la fabricación de pólvora. Dichas sustancias son precursoras de explosivos.
La adquisición de pólvora en España está regulada y limitada a personas físicas o jurídicas con autorización para ello. Este control sobre las sustancias explosivas provoca que los encausados recurrieran a la fabricación de pólvora a base de precursores de explosivos y así sortear los controles de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
El 31 de enero de 2022, los procesados poseían en su vivienda un arma corta detonadora modificada con capacidad de disparo real, munición detonadora y rodamientos para su transformación en cartuchería metálica, un arma corta detonadora en proceso de transformación, dos armas cortas detonadoras, herramientas para la modificación de armas, armas blancas prohibidas, así como 8.800 euros en metálico.
El dinero que poseían en su casa procedía de su actividad ilícita, pues con los ingresos derivados del desempleo del acusado y otros ingresos procedentes de familiares o alquileres no poseían suficiente capacidad económica para hacer frente a todos los gastos periódicos y ordinarios.
Según considera probado la sentencia, su principal fuente de financiación ilícita era, entre otras, la derivada de la de transformación de armas de fuego detonadoras en otras aptas para realizar fuego real para su posterior distribución y venta en el mercado ilícito.
Al comienzo del juicio, ambos reconocieron los hechos y aceptaron las penas como autores de un delito de fabricación y comercialización de armas de fuego reglamentarias o municiones para las mismas no autorizadas en concurso de normas con un delito de tenencia de armas prohibidas. El hombre, que había sido condenado en 2022 por el mismo delito, asumió una condena de dos años de prisión, mientras que la mujer se conformó con un año.
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