• domingo, 28 de abril de 2024
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TRIBUNALES

La Justicia condena a un ayuntamiento en Navarra por exigir el euskera en un puesto de operario de obra

UPN puso un recurso al entender que este requisito era ilegal. 

Ayuntamiento de Zizur Mayor. ARCHIVO
Ayuntamiento de Zizur Mayor. ARCHIVO

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pamplona ha estimado el recurso presentado por UPN contra la resolución del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) que desestimaba su recurso de alzada contra la aprobación de la plantilla orgánica de Zizur Mayor para 2022.

En concreto, según han informado desde la formación regionalista en una nota de prensa, el recurso de UPN "mostraba el incumplimiento legal que suponía la exigencia de conocimiento preceptivo de euskera para una plaza de operario de obras". Además, según UPN, el Tribunal condena en costas al Ayuntamiento de Zizur Mayor.

El Tribunal, han dicho los regionalistas, ha estimado que "no se justifica debidamente la necesidad de uso de euskera en ese puesto de trabajo, la relación directa con la ciudadanía, y ha aplicado jurisprudencia de otras sentencias similares para puestos de trabajo en ayuntamientos como Ansoain o el propio Zizur".

Además, rebate el argumento de que "se coarta la autonomía local" y señala que "si bien las entidades locales tienen una amplia potestad de autoorganización para decidir qué puestos de trabajo quiere incluir en su plantilla orgánica y con qué puestos de trabajo quiere incluir en su plantilla orgánica y con qué características, esta potestad, tiene unos límites fijados por el ordenamiento jurídico, ya que existen puestos de trabajo de los que las entidades locales no pueden disponer libremente porque tanto su existencia como sus funciones y características están fijadas por normas jurídicas, y en la configuración de otros puestos y en los procedimientos de acceso a los mismos existen determinados límites que deben observarse por respeto al derecho constitucional de los ciudadanos no vascoparlantes de acceder en condiciones de igualdad al ejercicio de la función pública".

Asimismo, en cuanto al derecho a la utilización en la zona mixta lingüística del castellano y el euskera, la sentencia afirma que "el derecho se concreta en permitir a los vecinos que puedan dirigirse al Ayuntamiento en euskera, pero este derecho no se extiende a obtener una respuesta oral y escrita en lengua vasca". "Es en relación con este derecho de uso de la lengua vasca, derecho de uso, mas no de respuesta en esta lengua", recoge la sentencia.

Del mismo modo, señala que "debe haber una ponderación entre los principios constitucionales de protección de las distintas modalidades lingüísticas, euskera en el presente caso, la autonomía local (...) y el acceso a la función pública en condiciones de igualdad. Y en esta balanza teniendo en cuenta las concretas funciones específicas del puesto de encargo de obras, debe prevalecer el acceso a la función pública en igualdad".

El grupo municipal de UPN en Zizur ha valorado la sentencia "muy positivamente" y han hecho hincapié en que "sigue el criterio expuesto por todos los tribunales sobre casos parecidos en varios ayuntamientos de la zona mixta, así como en recursos anteriores que hemos presentado en Zizur por este mismo motivo".

Así, los regionalistas han destacado que "el propio TAN ya estableció en sus resoluciones de 2020 y 2021 sobre el mismo puesto de trabajo que las funciones concretas del puesto de operario de obras no justifican la preceptividad del conocimiento de euskera".

"Por eso, resulta inaceptable que el equipo de gobierno intente colar una y otra vez este tema, a sabiendas de que no es legal, de que existe jurisprudencia en contra y de que va a tener un coste económico para el Ayuntamiento. Una vez más, anteponen sus intereses partidistas al interés general de los vecinos y vecinas de Zizur", han concluido.


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