• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Dura condena a los abertzales que publicaron una imagen de Toquero (UPN) como si fuera Hitler

La juez ha considerado que la publicación constituye una intromisión ilegítima en el honor del alcalde de Tudela. 

El cartel publicado por los abertzales de Ernai, sobre una imagen del alcalde de Tudela, Alejandro Toquero, en el Parlamento de Navarra. TWITTER/MIGUEL OSÉS
El cartel publicado por los abertzales de Ernai, sobre una imagen del alcalde de Tudela, Alejandro Toquero, en el Parlamento de Navarra. TWITTER/MIGUEL OSÉS

La organización juvenil de Sortu, Ernai, ha sido condenada por un delito de intromisión ilegítima al honor del alcalde de Tudela, Alejandro Toquero (UPN)

Los radicales de la izquierda abertzale y socios prioritarios de María Chivite y el PSOE, publicaron una imagen de Toquero en el que le comparaban y lo hacían pasar como si fuera Hitler, algo que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Tudela ha considerado punible tras la demanda del alcalde ribero. 

La juez ha condenado a Ernai a abonar 2.500 euros a Alejandro Toquero como compensación del daño moral por los daños y los perjuicios ocasionados. Junto a ello, la sentencia obliga a los abertzales a publicar el fallo de la resolución, en los mismos medios utilizados para vulnerar el honor del demandante, es decir, a través del perfil oficial en Twitter de Ernai Tutera. 

De la misma manera, los radicales socios de María Chivite deberán deberán retirar de la red social Twitter y del caché la imagen con contenido injurioso que se indica en la demanda.

Los hechos ocurrieron el 18 de marzo de 2022 cuando Ernai publicó en su perfil de la red social Twitter varios mensajes contra Toquero en la que aseguraban que su política era "un ataque a la lengua y cultura vasca", acompañando a los textos de una imagen en la que se hace un montaje utilizando una fotografía de Hitler con el rostro de Alejandro Toquero, alcalde de Tudela.

En la vista, la Fiscalía se unió a la tesis de la acusación y consideró que los textos podrían ser una mera crítica política, si bien, al acompañarlos con expresiones como fascista y poner una imagen de Hitler con la cara del demandante se exceden de la crítica política, suponiendo una intromisión ilegítima al honor del actor.

"Tales hechos no pueden considerarse respaldados por el derecho a la libertad de expresión del artículo 20 de la Constitución, pues no son una manifestación o ejercicio del mismo, sino que suponen un acto atentatorio contra la reputación del demandante, siendo innecesarias tales extralimitaciones para la defensa de un postulado político o de una ideología contraria, no pudiendo encuadrarse dentro del desarrollo de libertad de expresión e ideología que funda y sostiene una sociedad democrática como la nuestra, sin que el cargo del actor traiga consigo un deber de soportar y admitir ciertas expresiones que van más allá de un mero contrapunto, crítica o divergencia ideológica", señala la sentencia. 

Además, el texto con el que se ha condenado a Ernai es tajante sobre la comparación con el dictador alemán: "En lo que respecta a la imagen de Hitler y su identificación con el Sr. Toquero, huelga decir que excede el ámbito del derecho a la libertad de expresión y excede de la crítica política, afectando además al derecho a la propia imagen del demandante al utilizarse su cara en un montaje con una fotografía del dictador. Ha de destacarse, en lo que respecta a dicha identificación del Sr. Toquero con Hitler, que la misma no se ciñe a ejemplificación de la figura de cualquier fascista, sino que la relevancia histórica de este personaje, como autor de uno de los genocidios más recientes, crueles y numerosos, sobrepasa límite de tolerancia con la crítica dura e hiriente". 


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Dura condena a los abertzales que publicaron una imagen de Toquero (UPN) como si fuera Hitler