La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 21 meses de prisión a un hombre que maltrató de forma habitual a su pareja durante los cuatro años que duró la relación entre ambos.
El procesado, de 42 años, de nacionalidad ecuatoriana, reconoció los hechos y se conformó con las penas propuestas por el fiscal: 21 meses por un delito de maltrato habitual, 87 días de trabajos en beneficios de la comunidad en total por dos delitos de maltrato ocasional —56 por uno y 31 por el otro— y una multa de 3.240 euros por un delito de agresión sexual (por haberle dado un beso en la boca sin consentimiento). La acusación particular, por su parte, había solicitado un total de 7 años y 2 meses de prisión.
Además, por todos los citados delitos, el procesado no podrá acercarse ni comunicarse durante 16 años con la víctima, a la que deberá indemnizar con 6.000 euros.
El encausado y la denunciante mantuvieron una relación de pareja durante cuatro años, desde comienzos de 2016. Durante el periodo de convivencia, vivió con ambos, en una vivienda de la comarca de Pamplona, un hijo de la mujer que en la actualidad tiene 11 años. También convivió durante semanas alternas con ellos un hijo menor del inculpado.
Desde el inicio de la relación, con la intención de imponerse y de someterla a sus designios, el hombre comenzó a menospreciarla, a insultarla.
Así, en el transcurso de discusiones, rompía objetos de la casa, daba golpes en el mobiliario y la agredía “con empujones, puñetazos”. La agarraba del cuello, del pelo, la zarandeaba, “le rompía la ropa que se compraba si no le parecía adecuada o se la tiraba por la ventana o al contendor”. También le rompía el teléfono móvil y le advertía que, si la veía con otro, la mataría.
Además, según se considera probado en la sentencia, se negaba a que la mujer se relacionara con terceras personas. Así, le impedía mantener contacto con otros hombres, le impedía ponerse bikini y salir con amigas, le revisaba el móvil, y le acusaba de mantener relaciones con terceras personas. En una ocasión, para impedir que saliera de casa para ir a trabajar, la llegó a desnudar.
Como consecuencia de los hechos denunciados, la víctima presenta sentimientos de tristeza con llanto asociado, altos niveles de tensión, sensación de agobio y desesperación, así como sentimientos de culpa, reproche y vergüenza.
La sentencia recoge asimismo dos episodios de maltrato. El primero, ocurrido el 28 de agosto de 2020, cuando, tras un cumpleaños familiar, el acusado rompió varias copas, la empujó contra la pared y le dio un puñetazo.
La segunda agresión se produjo sobre las 6 horas del 24 de octubre de 2021 en las inmediaciones de una discoteca de Villava. Al verse, los dos comenzaron una conversación que derivó en discusión. Tras agarrarla con fuerza de las mejillas, le dio un beso. Ella se zafó, pero el inculpado la volvió a agarrar. La zarandeó y la tiró al suelo. Y la levantó para volver a tirarla al suelo, donde le propinó “varias patadas”.
Con anterioridad al juicio, el hombre depositó 2.000 euros en la cuenta de la Audiencia para hacer frente a la indemnización, por lo que en la sentencia se ha estimado la atenuante de reparación del daño.
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